El Ministerio de Economía y Comercio promueve la exportación e inversión en el país, y facilita el proceso de la documentación de exportación a través sus oficinas, lo cual reduce el proceso a solo algunas horas.
Documentación de Exportación Requerida por las Autoridades Aduanales
IMPORTACION DE EFECTOS PERSONALES
PANAMEÑOS RETORNANTES:
Los Ciudadanos Panameños que están retornando al país y que hayan vivido fuera de Panamá por no menos de 2 años pueden importar sus efectos personales usados libres de impuestos de introducción.
EXTRANJEROS:
Todos los extranjeros que vienen a residir a la República de Panamá tienen las mismas prerrogativas que los ciudadanos Panameños, sin embargo, la ley especifica que el jefe de la familia debe tener una visa de residencia antes de que los efectos personales lleguen al país. Ningún extranjero con visa migratoria o de turista puede gozar de estos beneficios.
Los artículos nuevos están sujeto al pago de impuestos de importación y son las autoridades de aduanas las que determinan la cantidad y tipo de artículos que pueden ser importados al país, libre de impuestos.
DIPLOMÁTICOS:
Todos los diplomáticos y oficiales públicos ingresando al país con pasaporte diplomático u oficial, o aquellos que vienen contratados por el gobierno Panameño, tienen el privilegio de no ser objeto de la inspección normal por el Departamento de Aduanas, sin embargo sí podrá ser inspeccionado por el Departamento de Cuarentena Agropecuaria.
VISA PROVISIONAL: (Visa de visitante Temporal Especial)
Aquellos empresarios cuya fuente de ingreso no se origine en la República de Panamá y que devenguen US$1,000.00 mensuales o más pueden aplicar para esta visa y recibir los siguientes beneficios:
1. Exoneración del impuesto de importación en un embarque de efectos personales hasta la suma de US$3,000.00
2. Exoneración del impuesto de importación para un vehículo cada dos años para uso de la familia.
3. Exoneración del pago de impuestos requeridos para la obtención de la visa.
Los efectos personales para empresarios que vengan a residir a Panamá deberán llegar no más de 6 meses después de la llegada de su propietario y no deberá exceder dos embarques.
Las leyes Panameñas especifican que los embarques deben ser inspeccionados en el puerto de entrada, sin embargo, debido a congestionamiento de carga y para evitar malos manejos de los efectos personales, esta inspección puede ser efectuada en la residencia del cliente. Este servicio no está incluido en nuestras tarifas normales de destino por lo que es obligación del cliente efectuar los pagos directamente a las oficinas gubernamentales.
Los Incoterms
Las reglas que reciben el nombre de Incoterms fueron publicadas por primera vez en el año 1936 por la Cámara de Comercio Internacional y, habiendo sido modificadas desde entonces su última versión es la de los Incoterms 2010.
Los Incoterms son reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales más utilizados en las transacciones internacionales, cuyo alcance se limita a los derechos y obligaciones de las partes en un contrato de compraventa, y a la relación entre vendedores y compradores en dicho contrato con respecto a la entrega de las mercancías vendidas.
La finalidad de los Incoterms es establecer un conjunto de reglas internacionales para la interpretación de los términos más utilizados en el comercio internacional. De ese modo, podrán evitarse las incertidumbres derivadas de las distintas interpretaciones de dichos términos en países diferentes o, por lo menos, podrán reducirse en gran medida.
Tratados y Acuerdos Comerciales Vigentes
Un Tratado de Libre Comercio (TLC) consiste en un acuerdo comercial regional o bilateral para ampliar el mercado de bienes y servicios entre los países participantes. Básicamente, consiste en la eliminación o rebaja sustancial de los aranceles para los bienes entre las partes, y acuerdos en materia de servicios. Este acuerdo se rige por las reglas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) o por mutuo acuerdo entre los países.
Un TLC no necesariamente conlleva una integración económica, social y política regional, como es el caso de la Unión Europea, la Comunidad Andina, el Mercosur y la Comunidad Sudamericana de Naciones. Si bien estos se crearon para fomentar el intercambio comercial, también incluyeron cláusulas de política fiscal y presupuestario, así como el movimiento de personas y organismos políticos comunes, elementos ausentes en un TLC.